MANIFIESTO DEL INSTITUTO ARTIGUISTA DE SANTA FE
• MANIFIESTO DEL INSTITUTO ARTIGUISTA DE SANTA FE
“... los pueblos son libres de decidir su suerte;
y mi deseo todo, decidido a respetar su suprema resolución”
Gral. José Gervasio Artigas
En vísperas de conmemorarse el Bicentenario de la Gesta Artiguista, un grupo de ciudadanos del litoral santafesino hemos decidido constituir el INSTITUTO ARTIGUISTA DE SANTA FE (INSTITUTO DE ESTUDIOS FEDERALES Y DE INTEGRACIÓN ARGENTINO-URUGUAYA “GENERAL JOSÉ GERVASIO ARTIGAS”).
Entre otros de los objetivos nos proponemos fomentar y difundir el estudio de la vida, la obra y el ideario del General José Gervasio Artigas.
Es que la figura de este patriota oriental no solamente es vital para entender el derrotero de los iniciales años de nuestra primigenia revolución, sino que en su pensamiento y acción se encuentran resumidos los valores mas trascendentes por los que lucharon nuestras primeras generaciones independentistas y que aún hoy reclaman plena vigencia y concreción.
Mas allá de recetas elaboradas en salones intelectuales, su proceder y objetivos, marcaron con claridad las urgentes tareas iniciales de una revolución en pañales.
Su planteo libertario reclamaba, indefectiblemente, la independencia de estas provincias del poder español. Un poder español derruído y decadente, sumido en un atraso de siglos, producto de la abundancia que le había proveído el saqueo de sus dominios hispanoamericanos.
El inclaudicable espíritu confederativo y republicano que lo animaba, interpretaba las necesidades impostergables de los pueblos del interior, que reclamaban el reconocimiento de sus legítimos fueros a la par de la necesaria convivencia con los grandes puertos rioplatenses de Buenos Aires y Montevideo.
La exigencia de una organización nacional concretada a través de estadios sucesivos de articulación social y regional marcan un original modelo de representación política, que pocos demócratas lograron entender cabalmente.
Su respeto irrestricto por la soberanía popular y el “gobierno inmediato” de “las gentes” nos hablan de una democracia directa que no encuentra parangón por estas latitudes y que presupone el ejercicio del poder a través del consenso de las mayoría participando en asambleas plenarias.
El planteo de sucesivas articulaciones en un segundo y tercer nivel asambleario (provincias compuestas de pueblos libres con su terminal integración en el sistema confederacional) señalan el intento artiguista de conciliar el legado de participación directa, cabildeano, o comarcano, con el de una república democrática, igualitaria e independiente.
Este modelo de representación política (que reclamaba se debía expresar en un texto constitucional, todo un avance para la época), tenía una fuerte inserción en las tradiciones, creencias y culturas populares y entendía como imprescindible, la integración de las capas étnicas y sociales marginadas. Esta pretensión, aún hoy, se demuestra como una tarea pendiente en la que estamos embarcados los habitantes de estos países latinoamericanos.
El respeto por la libertad civil y religiosa (uno de los postulados que surgió del Congreso de 1812) señala a las claras su compenetración con los ideales que la Revolución Francesa habían esparcido por todo el mundo.
Por otra parte, el sentido altamente proteccionista de los frutos y productos del país que se expresara en el Reglamento Provisional de derechos aduaneros (1815), señalan a las claras la concepción proclive al desarrollo industrial que se estaba pergeñando ya en los sectores patriotas vinculados a un proyecto nacional.
Cierto es que estos postulados le valieron a don José Gervasio Artigas la drástica oposición del patriciado de las ciudades puertos que con su racionalismo ilustrado y mercantil pretendían instalar en estos territorios las imágenes que los deslumbraban de la Europa decimonónica.
Ello implicaba necesariamente la exclusión del cuerpo político de la Nación de los sectores marginados por ‘iletrados’. Justamente quienes le daban presencia política y a los que representaba nuestro caudillo. De allí que este enfrentamiento haya sido irreconciliable y fuera el que, en definitiva, lo llevara al ostracismo.
Párrafo especial merece su pretensión de expropiar las tierras sin laboreo o que perteneciera a los enemigos de la revolución o malos americanos, para repartirlos entre los negros libres, los zambos, los indios, los criollos pobres y todos aquellos que puedan trabajarlas.
En este solo artículo estaban condensados el grito de Mayo y el espíritu libertario de aquella Revolución: justicia, igualdad, acceso a la tierra y a los medios de vida. Y por si fuera poco, esa verdadera perla del lenguaje y de la filosofía reivindicatoria: “con prevención que los más infelices serán los más privilegiados” (según rezaba el Reglamento para el fomento de la campaña de 1815).
Su derrota dejó inconclusa la gran tarea que se avecinaba cual era la de darle carnadura y entidad a sus postulados sobre el reparto y producción de la tierra. Ello, con seguridad, habría permitido el desarrollo de una burguesía agraria que hubiese generado una enorme renta diferencial, que conforme sus postulados proteccionistas e industrialistas, sería puesta al servicio de un incipiente desarrollo industrial.
José Artigas murió en el Paraguay un 23 de septiembre de 1850. “Argentino de la Banda Oriental” -como dejó escrito en su testamento-, no renunció jamás al sueño de la Patria Grande, el sueño de un continente verde y tumultuoso en donde los ríos unan a los pueblos, en lugar de dividirlos.
Hoy, cuando nuevos vientos emancipadores recorren con generosidad la geografía latinoamericana, los postulados enarbolados por Artigas adquieren renovada vigencia y nos comprometen a su propagación y puesta en perspectiva.
Hasta el día de su muerte (y murió a los 86) mantuvo la costumbre de inclinarse sobre la tierra, levantar con sus manos los terrones y depositar confiado las semillas. Vaya metáfora.
De esas semillas somos parte.
Santa Fe, Noviembre de 2010
“... los pueblos son libres de decidir su suerte;
y mi deseo todo, decidido a respetar su suprema resolución”
Gral. José Gervasio Artigas
En vísperas de conmemorarse el Bicentenario de la Gesta Artiguista, un grupo de ciudadanos del litoral santafesino hemos decidido constituir el INSTITUTO ARTIGUISTA DE SANTA FE (INSTITUTO DE ESTUDIOS FEDERALES Y DE INTEGRACIÓN ARGENTINO-URUGUAYA “GENERAL JOSÉ GERVASIO ARTIGAS”).
Entre otros de los objetivos nos proponemos fomentar y difundir el estudio de la vida, la obra y el ideario del General José Gervasio Artigas.
Es que la figura de este patriota oriental no solamente es vital para entender el derrotero de los iniciales años de nuestra primigenia revolución, sino que en su pensamiento y acción se encuentran resumidos los valores mas trascendentes por los que lucharon nuestras primeras generaciones independentistas y que aún hoy reclaman plena vigencia y concreción.
Mas allá de recetas elaboradas en salones intelectuales, su proceder y objetivos, marcaron con claridad las urgentes tareas iniciales de una revolución en pañales.
Su planteo libertario reclamaba, indefectiblemente, la independencia de estas provincias del poder español. Un poder español derruído y decadente, sumido en un atraso de siglos, producto de la abundancia que le había proveído el saqueo de sus dominios hispanoamericanos.
El inclaudicable espíritu confederativo y republicano que lo animaba, interpretaba las necesidades impostergables de los pueblos del interior, que reclamaban el reconocimiento de sus legítimos fueros a la par de la necesaria convivencia con los grandes puertos rioplatenses de Buenos Aires y Montevideo.
La exigencia de una organización nacional concretada a través de estadios sucesivos de articulación social y regional marcan un original modelo de representación política, que pocos demócratas lograron entender cabalmente.
Su respeto irrestricto por la soberanía popular y el “gobierno inmediato” de “las gentes” nos hablan de una democracia directa que no encuentra parangón por estas latitudes y que presupone el ejercicio del poder a través del consenso de las mayoría participando en asambleas plenarias.
El planteo de sucesivas articulaciones en un segundo y tercer nivel asambleario (provincias compuestas de pueblos libres con su terminal integración en el sistema confederacional) señalan el intento artiguista de conciliar el legado de participación directa, cabildeano, o comarcano, con el de una república democrática, igualitaria e independiente.
Este modelo de representación política (que reclamaba se debía expresar en un texto constitucional, todo un avance para la época), tenía una fuerte inserción en las tradiciones, creencias y culturas populares y entendía como imprescindible, la integración de las capas étnicas y sociales marginadas. Esta pretensión, aún hoy, se demuestra como una tarea pendiente en la que estamos embarcados los habitantes de estos países latinoamericanos.
El respeto por la libertad civil y religiosa (uno de los postulados que surgió del Congreso de 1812) señala a las claras su compenetración con los ideales que la Revolución Francesa habían esparcido por todo el mundo.
Por otra parte, el sentido altamente proteccionista de los frutos y productos del país que se expresara en el Reglamento Provisional de derechos aduaneros (1815), señalan a las claras la concepción proclive al desarrollo industrial que se estaba pergeñando ya en los sectores patriotas vinculados a un proyecto nacional.
Cierto es que estos postulados le valieron a don José Gervasio Artigas la drástica oposición del patriciado de las ciudades puertos que con su racionalismo ilustrado y mercantil pretendían instalar en estos territorios las imágenes que los deslumbraban de la Europa decimonónica.
Ello implicaba necesariamente la exclusión del cuerpo político de la Nación de los sectores marginados por ‘iletrados’. Justamente quienes le daban presencia política y a los que representaba nuestro caudillo. De allí que este enfrentamiento haya sido irreconciliable y fuera el que, en definitiva, lo llevara al ostracismo.
Párrafo especial merece su pretensión de expropiar las tierras sin laboreo o que perteneciera a los enemigos de la revolución o malos americanos, para repartirlos entre los negros libres, los zambos, los indios, los criollos pobres y todos aquellos que puedan trabajarlas.
En este solo artículo estaban condensados el grito de Mayo y el espíritu libertario de aquella Revolución: justicia, igualdad, acceso a la tierra y a los medios de vida. Y por si fuera poco, esa verdadera perla del lenguaje y de la filosofía reivindicatoria: “con prevención que los más infelices serán los más privilegiados” (según rezaba el Reglamento para el fomento de la campaña de 1815).
Su derrota dejó inconclusa la gran tarea que se avecinaba cual era la de darle carnadura y entidad a sus postulados sobre el reparto y producción de la tierra. Ello, con seguridad, habría permitido el desarrollo de una burguesía agraria que hubiese generado una enorme renta diferencial, que conforme sus postulados proteccionistas e industrialistas, sería puesta al servicio de un incipiente desarrollo industrial.
José Artigas murió en el Paraguay un 23 de septiembre de 1850. “Argentino de la Banda Oriental” -como dejó escrito en su testamento-, no renunció jamás al sueño de la Patria Grande, el sueño de un continente verde y tumultuoso en donde los ríos unan a los pueblos, en lugar de dividirlos.
Hoy, cuando nuevos vientos emancipadores recorren con generosidad la geografía latinoamericana, los postulados enarbolados por Artigas adquieren renovada vigencia y nos comprometen a su propagación y puesta en perspectiva.
Hasta el día de su muerte (y murió a los 86) mantuvo la costumbre de inclinarse sobre la tierra, levantar con sus manos los terrones y depositar confiado las semillas. Vaya metáfora.
De esas semillas somos parte.
Santa Fe, Noviembre de 2010
jueves, 5 de julio de 2012
ESENCIA DEL ARTIGUISMO (Alberto Umpierrez)
Esencia del Artiguismo
“La
soberanía particular de los pueblos será precisamente declarada y ostentada,
como el objeto único de nuestra revolución” (Artículo 8º de las instrucciones
dadas por Artigas a Tomás García de Zúñiga para orientar su misión ante el
gobierno de Buenos Aires, documento fechado en Paso de la Arena en febrero de
1813)
La dimensión política
Tal vez pueda
parecer arbitrario tomar esta frase como definición de la “esencia” del
Artiguismo. La elección obedece a que es la primera expresión conceptual de un
ideal político propio de Artigas y del Pueblo que ya lo había elegido como Jefe
en 1811.
Pero esta frase
por sí sola ha dado lugar a muchas discusiones teóricas desde hace más de un
siglo, por lo tanto su interpretación debe ser contextualizada en el momento
histórico y alumbrada por otros pronunciamientos de nuestro Prócer.
El documento de
referencia se produce en el marco de los famosos conflictos y negociaciones con
Manuel de Sarratea y con el gobierno de Buenos Aires, entonces ejercido por el
“Segundo Triunvirato”. Afortunadamente buena parte de esas negociaciones están
documentadas en numerosas cartas que fueron publicadas fundamentalmente en el
Tomo 9 del Archivo Artigas.
Entonces, este
concepto de la “Soberanía particular de los pueblos” es una primera diferencia
muy importante ante la postura “centralista” del gobierno porteño, que en
aquella época pretendía gobernar a las Provincias del Río de la Plata de modo
prepotente y tiránico, “designando pro-cónsules” al mejor estilo del Imperio
Romano, como le relata el propio Artigas al General José María Paz muchos años
después en su exilio paraguayo.
Pero la buena
disposición de Artigas para negociar un acuerdo con Manuel de Sarratea y con el
Triunvirato, también marca una diferencia muy importante con la postura mucho
más independentista sostenida por la Junta Gubernativa del Paraguay, que ya
evolucionaba hacia el aislamiento que caracterizó al largo mandato de Gaspar
Rodríguez de Francia. En este sentido es muy clara la carta que le envía el
representante oriental Andrés Campana al secretario de Artigas, Miguel
Barreiro, desde Villa Rica el 21 de agosto de 1812, refiriendo afirmaciones del
vocal de la Junta paraguaya Pedro Juan Caballero:
“los primeros oficios
de Artigas eran muy conformes con nuestros sentimientos, pero los últimos que
recibimos, antes que los que Usted ahora conduce, no prueban aquella
sinceridad, porque quiere mezclarnos en pacto con Buenos Aires y nosotros, con
aquel pueblo no podremos guardar consecuencia, porque tarde o temprano o luego
que haya pacificado el Perú, volverá la vista sobre nuestra provincia y
sucederá como el año pasado, que nos afligieron con una guerra pesada, y es
probable, que el ejército de Artigas sirva para realizar esas intenciones de
los Porteños…”
Mucha
desconfianza traslucían las palabras sin duda proféticas de Pedro Juan
Caballero en agosto de 1812, y por supuesto también mucho de razón. Basta leer
la Proclama de Artigas al Pueblo Oriental con motivo de haberse firmado el
Pacto del Yi con los representantes de Manuel de Sarratea, el 8 de enero de
1813:
“Gloria eterna a la
constancia de los bravos Orientales. Paisanos: Ved ahí el cuadro de vuestros
Anales. La perspectiva horrible de una desunión entre hermanos puso el sello a
nuestras angustias, ahora temblarán los enemigos del sistema, viéndonos abrazar
con nuestros Auxiliadores. Memoria eterna a día tan precioso en que brillen los
designios santos de la Libertad, el luce solo para hacer su más digno triunfo y
rendir el homenaje a todas las virtudes. Erijamos su monumento eterno a esta
conciliación feliz que reuniendo el objeto de todas nuestras pretensiones
sofoca los resentimientos, y nos abre la época de presentarnos con dignidad, y
humillar delante de nuestro esplendor a los déspotas indignos que infaman la
existencia de nuestros compaisanos dentro de Montevideo….”
Por supuesto que
el pacto con Sarratea quedó en la nada apenas se había secado la tinta de las
firmas… “Es muy veleidosa la probidad de los hombres…” decía Artigas poco
después, en abril de 1813.
Es de subrayar
que para Artigas “El pueblo de Buenos Aires es y será siempre nuestro hermano,
pero nunca su gobierno actual. Las tropas que se hallan bajo las ordenes de
Vuestra Excelencia (Sarratea) serán siempre el objeto de nuestras consideraciones,
pero de ningún modo V.E.” (carta de Artigas a Sarratea, Navidad de 1812),
concepto que se repite consistentemente a lo largo de toda su trayectoria y
bajo distintos gobiernos porteños.
El Proyecto
político representado por Artigas queda claramente plasmado en las
Instrucciones del Año XIII, en forma por demás consistente con la idea
formulada inicialmente de “Soberanía particular de los pueblos”:
“Artículo 1º - Primeramente pedirá la declaración de la independencia
absoluta de estas Colonias, que ellas estén absueltas de toda obligación de
fidelidad a la Corona de España y familia de los Borbones y que toda conexión
política entre ellas y el Estado de la España es y debe ser totalmente
disuelta.
Artículo 2º - No admitirá otro sistema que el de confederación para
el pacto recíproco con las Provincias que forman nuestro Estado.
Artículo 3º - Promoverá la libertad civil y religiosa en toda su
extensión imaginable.
Artículo 4º - Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la
igualdad, libertad y seguridad de los Ciudadanos y los Pueblos, cada Provincia
formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación.
Artículo 5º - Así este como aquél se dividirán en poder legislativo,
ejecutivo y judicial.
Artículo 6º - Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre
sí, y serán independientes en sus facultades.
Artículo 7º - El Gobierno Supremo entenderá solamente en los
negocios generales del Estado. El resto es peculiar al Gobierno de cada
Provincia.
Artículo 8º - El territorio que ocupan estos Pueblos desde la costa
oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa forman una sola
Provincia, denominante la Provincia Oriental.
Artículo 9º - Que los siete Pueblos de Misiones, los de Batoví,
Santa Tecla, San Rafael y Tacuarembó que hoy ocupan injustamente los
Portugueses y a su tiempo deben reclamarse serán en todo tiempo territorio de
esta Provincia.
Artículo 10º - Que esta Provincia por la presente entra separadamente
en una firme liga de amistad con cada una de las otras para su mutua y general
felicidad, obligándose asistir a cada una de las otras contra toda violencia, o
ataques hechos sobre ella o sobre alguna de ellas por motivo de religión,
soberanía, tráfico o algún otro pretexto cualquiera que sea.
Artículo 11º - Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e
independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado
expresamente por la confederación a las Provincias Unidas juntas en congreso.
Artículo 12º - Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los
buques que concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos
poniéndose la correspondiente Aduana en aquel Pueblo; pidiendo al efecto se
oficie al Comandante de las Fuerzas de su Majestad Británica, sobre la apertura
de aquél Puerto para que proteja la navegación o comercio de su Nación.
Artículo 13º - Que el Puerto de la Colonia sea igualmente habilitado en
los términos prescriptos en el artículo anterior.
Artículo 14º - Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos
exportados de una Provincia a otra; ni que ninguna preferencia se de por
cualquiera regulación de Comercio o renta a los Puertos de una Provincia sobre
las de otras ni los Barcos destinados de esta Provincia a otra serán obligados
a entrar a anclar o pagar Derechos en otra.
Artículo 15º - No permita se haga ley para esta Provincia sobre bienes
de Extranjeros que mueren intestados, sobre multa y confiscaciones que se
aplicaban antes al Rey; y sobre territorios de este mientras ella no forma su
reglamento y determine a qué fondos deben aplicarse como única al Derecho de
hacerlo en lo económico de su jurisdicción.
Artículo 16º - Que esta Provincia tendrá su Constitución territorial; y
que ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas, que
forma la Asamblea constituyente.
Artículo 17º - Que esta Provincia tiene derecho para levantar los
Regimientos que necesite, nombrar los oficiales de Compañía, reglar la Milicia
de ella para la seguridad de su libertad por lo que no podrá violarse el
Derecho de los Pueblos para guardar y tener armas.
Artículo 18º - El Despotismo militar será precisamente aniquilado con
trabas constitucionales que aseguren inviolable la Soberanía de los Pueblos.
Artículo 19º - Que precisa e indispensable sea fuera de Buenos Aires, donde
reside el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas.
Artículo 20º - La Constitución garantirá a las Provincias Unidas una
forma de gobierno republicana; y que asegure a cada una de ellas de las
violencias domésticas, usurpación de sus Derechos, libertad y seguridad de su
soberanía que con la fuerza armada intente alguna de ellas sofocar los
principios proclamados. Y asimismo prestará toda su atención, honor, fidelidad
y religiosidad a todo cuanto crea o juzgue necesario para preservar a esta
Provincia las ventajas de la Libertad y mantener un Gobierno libre, de piedad,
justicia, moderación e industria.”
Este texto, además de
ser “Instrucciones” a los diputados que representarán a la Provincia Oriental
en la Asamblea Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata,
también tienen un carácter en sí mismo “Constituyente” de la Provincia
Oriental, lo cual resulta lógico porque mal podría enviar diputados una
Provincia que aun no existía como tal.
Entonces, recomponiendo
la secuencia lógica: primero, los Pueblos de la Banda Oriental se constituyen
como Provincia; segundo, esta nueva Provincia “por la presente entra
separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras…”; y luego
envía sus diputados a la Asamblea Constituyente de la Confederación que se
pretende formar. Y esto último supone que “Primeramente pedirá la declaración
de la independencia absoluta de estas Colonias…”, una independencia que ya se
estaba ejerciendo de hecho, al igual que la autonomía provincial. Más aun cuando
se establece su primer Gobierno Económico en la villa de Guadalupe (actual
Canelones).
La dimensión económica y social
La “cuestión política”
planteada por las “Instrucciones” derivó luego en una guerra civil, porque la
oligarquía portuaria “centralista” de Buenos Aires no estaba dispuesta a
negociar ningún tipo de autonomía provincial y mucho menos aceptar o someterse
a la “Soberanía particular de los pueblos”, ni siquiera la del propio pueblo de
Buenos Aires.
Obviamente que esta
confrontación bélica no se explica solamente en una diferencia de opiniones
teóricas sobre distintos modelos de organización del Estado. Pensar esto
resulta de una ingenuidad pueril. No, no. La confrontación se daba entre grupos
con intereses opuestos, antagónicos y en ese determinado momento
irreconciliables.
Por una parte había un
pequeño grupo de familias porteñas que ya estaban ejerciendo y disfrutando del
Poder político y económico desde los tiempos coloniales. Por estar asociados al
Poder durante décadas, fueron obsequiados con todo tipo de beneficios
económicos y llegaron a niveles de acumulación de riquezas que les permitía
sentirse “distinguidos” de los demás. Eran una auténtica casta aristocrática
muy conservadora del “Orden” establecido, monárquico por supuesto, y acostumbrada
a las prácticas cortesanas de las monarquías europeas.
En las antípodas estaban
“los Pueblos” con toda su heterogénea diversidad: los “Orilleros” de Buenos
Aires, las pequeñas burguesías comerciales y artesanales de las ciudades del
interior, los “Gauchos” productos del constante mestizaje, los “indios
salvajes” en sus comunidades, los guaraníes evangelizados en sus villas y
misiones, los negros libres y los esclavos… Cada uno con sus propios intereses,
pero todos luchando por conservar y eventualmente mejorar sus precarias
condiciones de vida, frente a la voracidad expropiadora de un pequeño grupo de
poderosos asociados a los grandes Imperios de Europa, particularmente
Inglaterra.
Por supuesto, viendo la
cuestión de este modo, es lógico que Artigas planteara la redistribución de la
propiedad de la tierra y el fomento de la campaña, con pautas que resultaron en
su momento y resultan aun hoy profundamente revolucionarias:
“6º) Por ahora el señor alcalde provincial y demás
subalternos se dedicarán a fomentar con brazos útiles la población de la
campaña. Para ello revisará cada uno, en sus respectivas jurisdicciones, los
terrenos disponibles; y los sujetos dignos de esta gracia con prevención que
los más infelices serán los más privilegiados. En consecuencia, los negros
libres, los zambos de esta clase, los indios y los criollos pobres, todos
podrán ser agraciados con suertes de estancia, si con su trabajo y hombría de
bien propenden a su felicidad, y a la de la provincia.
7º) Serán también agraciadas las viudas pobres si
tuvieren hijos. Serán igualmente preferidos los casados a los americanos
solteros, y estos a cualquier extranjero.”
Es lógico, siempre y
cuando se entienda que la “Soberanía particular de los pueblos” está en las
antípodas de la “Soberanía absoluta de la oligarquía” que finalmente resultó
triunfante. Por eso en su esencia, el Artiguismo continúa tan vigente en el
presente.
Alberto Umpiérrez
29 de Junio de 1815- Primer Declaración de la Independencia (Dr.Julio Rondina, Pte. Instituto Artiguista de Santa Fe)
29 de junio de 1815
La primer declaración de Independencia del Río de la Plata
La primera vez que se declara la
independencia de la
Corona Española de los territorios que integraban el
Virreynato del Río de la Plata ,
habrá de ser en el Congreso de Oriente, Congreso de los Pueblos Libres o
Congreso del Arroyo de la China
(denominación de entonces a lo que es hoy Concepción del Uruguay), que fuera
convocado por José Gervasio Artigas, el Protector de los Pueblos Libres e
iniciara sus sesiones el 29 de junio de 1815.
Es importante destacar que esta declaración de
independencia se produjo un año antes que se realizara una declaración similar
en el Congreso reunido en Tucumán, que fuera convocado por el Directorio
residente en Buenos Aires.
Otra cuestión que es digna de
resaltar, es que las provincias que asistieron al Congreso de Oriente y que
conformaban la Liga
de los Pueblos Libres, no asistieron posteriormente al Congreso de Tucumán. De
allí que razonablemente se podría investigar el grado de representatividad que
tuvo cada uno de estos Congresos, habida cuenta la densidad e importancia de
las provincias que integraban la
Liga (Banda Oriental del Uruguay, Entre Ríos, Santa Fe,
Córdoba, Misiones y Corrientes)
Desde el punto de vista de la
historiografía nacional, lo llamativo es que este Congreso pasa, casi,
totalmente desapercibido en las efemérides de la patria y solamente se hace
referencia al de Tucumán como si hubiese sido el único que se realizó en
aquellos años tumultuosos. Cabe entonces preguntarnos el porque de este
tratamiento tan desigual en la consideración histórica, al menos de una parte
de nuestra academia.
Para arribar a un principio de
respuesta mas o menos coherente, echemos una mirada al contexto en el cual se
desarrolla este evento.
Para febrero de 1815 Montevideo ya
estaba en manos patriotas y su gobernador, Fernando Otorgués, respondía a Dn.
José Artigas. Ante esta situación las tropas de Buenos Aires se habían retirado.
En los meses sucesivos, todo el
litoral comienza a rebelarse contra el centralismo porteño. Recordemos que de
consuno con este movimiento, Santa Fe se levanta el 24 de marzo de 1815. El
referente de todos estos alzamientos era el caudillo oriental.
Decidido a frenar estos movimientos,
el Directorio envía al Litoral un ejército al mando del Gral. Ignacio Álvarez
Thomas, quien se subleva en Fontezuelas y desconoce la autoridad del Director
Supremo. Ello obliga a dimitir a Carlos María de Alvear el 16 de Abril, siendo
designado José Rondeau en su reemplazo. Hasta tanto este se hiciera cargo, el
sublevado Álvarez Thomas es nombrado interinamente.
Esta situación es celebrada por
Artigas quien cree llegado el fin de las disputas de poder entre el litoral y
Buenos Aires.
Consecuente con ello, el 29 de Abril,
convoca a un Congreso y lo comunica al Cabildo de Buenos Aires: “Hoy mismo van
a salir mis circulares convocando los Pueblos que se hallan bajo mi mando y
protección para que por medio de sus respectivos diputados entiendan en la
ratificación espontánea de la elección, que para ejercer la suprema
magistratura recayó en la muy benemérita persona del Brigadier D. José Rondeau,
y en calidad de suplente, en la del General del Ejército Auxiliar Don Ignacio
Alvarez”.
Oferta
de secesión
Pero el optimismo de Artigas, pronto
se vendría a pique. En mayo de 1815, Álvarez Thomas, enviaría a Francisco Bruno
de Rivarola y al coronel Blas Pico para intentar solucionar las diferencias
entre Artigas y el Directorio establecido en Buenos Aires, entrevistándose el
16 y 17 de junio a bordo de una goleta anclada en el río Uruguay frente a
Paysandú.
Los enviados ofrecieron la
independencia de la
Banda Oriental mediante un Tratado de Paz y Amistad. Por este tratado Buenos Aires reconocía
la independencia de la
Banda Oriental del Uruguay, renunciando a los derechos que
por el anterior régimen le pertenecían. Ofrecía una paz y amistad eterna entre
las provincias contratantes echando un velo sobre todo lo pasado y que las provincias de Corrientes y Entre Ríos
quedaran en libertad de ponerse bajo la protección del gobierno que gusten.
Artigas, indignado, rechazó la
posibilidad de la secesión de la Banda Oriental del resto de las Provincias Unidas
y respondió desde su cuartel general de Paysandú el 16 de junio de 1815
proponiendo un tratado de catorce puntos (Tratado
de Concordia entre el Ciudadano Jefe de los Orientales y el Gobierno de Buenos
Aires) en los que proclamaba el federalismo, pidiendo indemnizaciones y
armamentos para la
Provincia Oriental.
“La Banda Oriental del
Uruguay está en el pleno goce de toda su libertad y derechos, pero queda sujeta
desde ahora a la
Constitución que organice el Congreso general del Estado,
legalmente reunido, teniendo por base la libertad”, señalaba con patriótica
dignidad.
El
Congreso de Oriente
Ante el fracaso de las negociaciones
con Buenos Aires, Artigas convocó a un Congreso que se llevaría a cabo en el
Arroyo de la China
(Concepción del Uruguay).
Es cierto que no se conservan las
actas originales del Congreso, las que se han extraviado, pero se ha podido
reconstruir fidedignamente las principales actuaciones a partir de otros
instrumentos concordantes.
Se sabe, por ejemplo, que el diputado
por Santa Fe, Pascual Diez de Andino, arribó con las mismas Instrucciones que
en 1813 portaron los diputados de la Banda Oriental ante la Asamblea Gral.
Constituyente en la primera de las cuales se reclamaba: “Primeramente pedir la declaración de la independencia absoluta de
éstas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la
corona de España y Familia de los Borbones y que toda conexión política entre
ellas y el estado de la España ,
es y debe ser totalmente disuelto”.
Otro de los
instrumentos que fue adoptado por este Congreso fue el que Artigas propusiera a
los diputados porteños Pico y Rivarola, pocos días antes, en el cual se
disponía que “las Provincias de la Liga , y la Liga misma, formarían parte
del Estado denominado Provincias Unidas del Río de la Plata... en el pleno goce
de toda su libertad y derechos, pero sujetas desde ahora a la Constitución que
organice el Congreso General del Estado, legalmente reunido, teniendo por base
la libertad”.
Con estas
precisiones marchan delegados del Congreso a Buenos Aires para exponer las
decisiones que se habían adoptado, entre ellas la reafirmación de la
independencia de estos territorios de toda dominación extraña.
Cuando Artigas
tomó conocimiento de la declaración de independencia en San Miguel de Tucumán,
escribió al director supremo Pueyrredón el 24 de julio de 1816: “Ha mas de un
año que la Banda
Oriental enarboló su estandarte tricolor y juró su
independencia absoluta y respectiva. Lo hará V.E. presente al Soberano Congreso
para su Superior conocimiento”.
Algunas conclusiones
Este Congreso,
destacado por diversos autores como el “primer Congreso netamente federal de
Hispano América”, habrá de señalar el apogeo político de Artigas.
En él aparecen
expuestos, con meridiana claridad, dos de los principios que alumbraron su
derrotero: independencia absoluta de todo poder extraño a estos territorios,
organización institucional federal para las Provincias Unidas del Río de la Plata.
Estos planteos,
que colisionaban abiertamente con los designios políticos que sostenía el
puerto de Buenos Aires, seguramente son los que llevaron a que este Congreso pasara
desapercibido en la historiografía oficial.
Julio César Rondina
Presidente del Instituto Artiguista de Santa Fe
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